Articulo 5 Reglamento Org...s Forenses

Articulo 5 Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses

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Artículo 5. Sistemas selectivos.

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1. El ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses se efectuará mediante los sistemas de oposición o concurso-oposición y, en su caso, se podrá prever la realización de un curso selectivo de carácter teórico-práctico. La oposición será el sistema ordinario de ingreso. Cuando la naturaleza de las funciones a desempeñar así lo aconseje, podrá utilizarse el sistema de concurso-oposición.

2. Los programas de las pruebas de ingreso serán elaborados por el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia y aprobados por el Ministerio de Justicia e Interior, previo informe de las Comunidades Autónomas que hayan recibido los traspasos de medios personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia, oídas las centrales sindicales más representativas así como, en su caso, las comisiones de docencia e investigación de los Institutos de Medicina Legal en los que se hubiesen constituido.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-03-1996 en vigor desde 02-03-1996