Articulo 5 Reglamento de ...es civiles

Articulo 5 Reglamento de matriculación de aeronaves civiles

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Artículo 5. Naturaleza.

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1. El Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles es un registro de naturaleza administrativa, cuyas inscripciones otorgan la matrícula y nacionalidad española a las aeronaves civiles inscritas en él.

2. Los datos que figuren anotados en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles no prejuzgarán las cuestiones de propiedad, cumplimiento de contratos y, en general, cuantas otras de naturaleza civil o mercantil puedan suscitarse respecto a las aeronaves

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-06-2015 en vigor desde 01-12-2015