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Articulo 5 Registro de Vivienda y procedimiento de adjudicación de viviendas

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Artículo 5. Organización del Registro de vivienda de la Comunitat Valenciana

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1. El Registro de vivienda de la Comunitat Valenciana estará compuesto por las siguientes secciones:

a) Sección 1ª: Registro de demanda de vivienda, en el que se inscribirán las personas y unidades de convivencia que soliciten una vivienda de protección pública en modalidad de compra, alquiler, o cualquier otro régimen de uso o de acceso a la propiedad.

b) Sección 2ª: Registro de oferta de vivienda, en el que se inscribirá la oferta de viviendas pendientes de adjudicación del patrimonio público de vivienda de la Generalitat y las viviendas protegidas de promoción pública y de promoción privada, en modalidad de venta, alquiler, o cualquier otro régimen de uso o acceso a la propiedad.

c) Sección 3ª: Inventario de vivienda de protección pública, en el que se inscribirán las viviendas calificadas de protección pública.

2. Cada sección se estructurará en las siguientes subsecciones:

a) Subsección 1ª. Vivienda protegida de promoción pública y del patrimonio público de vivienda de la Generalitat.

b) Subsección 2ª. Vivienda protegida de promoción privada.

3. Cada subsección se estructurará en los siguientes epígrafes:

a) Epígrafe 1. Alquiler.

b) Epígrafe 2. Compra.

c) Epígrafe 3. Otras modalidades de uso o acceso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-09-2021 en vigor desde 01-10-2021