Articulo 5 Régimen retrib...l y fiscal

Articulo 5 Régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5. Complemento de destino.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El complemento de destino correspondiente a cada plaza de juez o magistrado se cuantificará en atención a los siguientes criterios.

a) El grupo de población en el que se integra.

b) Las condiciones objetivas de representación vinculadas al cargo desempeñado, y

c) Otras circunstancias especiales asociadas al destino.

2. Las cuantías del complemento de destino para cada plaza de juez o magistrado se recogen en el anexo II de esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-05-2003 en vigor desde 28-05-2003