Articulo 5 para el recono... su cuenca

Articulo 5 para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca

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Artículo 5.

Vigente

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Cualquier acto o actuación de cualquiera de las administraciones públicas que vulnere las disposiciones contenidas en la presente ley se considerará inválido y será revisado en la vía administrativa o judicial.