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Articulo 5 Protección civil y atención de emergencia

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Artículo 5. Principios del sistema integrado de protección civil.

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1. La protección civil en Aragón se configura como un sistema integrado, que se inspira en los principios de solidaridad en la asunción de riesgos y daños, responsabilidad pública del mantenimiento del sistema, autoprotección, proximidad e inmediatez de la acción pública e integración de planes y recursos.

2. Dentro del sistema de protección civil, las administraciones públicas en Aragón, en sus respectivos ámbitos competenciales, garantizarán la disponibilidad permanente de un sistema de gestión de emergencias integrado y compatible con el de las restantes administraciones públicas.

3. Las relaciones de las administraciones públicas en Aragón para la integración del sistema de protección civil estarán presididas por los principios de eficacia, coordinación, colaboración, solidaridad y lealtad institucional. Los mismos principios regirán las relaciones de las administraciones públicas y el sector privado.

4. Las administraciones públicas en Aragón ajustarán sus actuaciones en materia de protección civil a los criterios de complementariedad y subsidiariedad de medios y recursos movilizables, integrabilidad, capacidad y suficiencia en la aplicación de los planes y proporcionalidad, con pleno respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2002 en vigor desde 31-01-2003