Articulo 5 Plan de Lucha ...an INFOEX)

Articulo 5 Plan de Lucha contra Incendios Forestales (Plan INFOEX)

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Artículo 5.

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Los incendios forestales, según la gravedad potencial de los mismos, se clasifican de acuerdo con la siguiente escala:

Nivel 0: referido a aquellos incendios que pueden ser controlados con los medios de extinción incluidos en el Plan INFOEX y que, en su evolución más probable, no supongan peligro para personas no relacionadas con las labores de extinción, ni para bienes distintos a los de naturaleza forestal, por lo que no requiere declaración expresa ni el despliegue de ningún dispositivo de Protección Civil.

Nivel 1: referido a aquellos incendios que pudiendo ser controlados con los medios de extinción incluidos en el Plan INFOEX, se prevé, por su posible evolución, la necesidad de la puesta en práctica de medidas para la protección de personas y de los bienes no forestales que puedan verse amenazados por el fuego, siendo por ello necesario la activación de recursos de Protección Civil.

Nivel 2: referido a aquellos incendios en los que, a solicitud de la Dirección del Plan INFOEX, sean incorporados medios estatales extraordinarios, o puedan comportar situaciones de emergencia que deriven hacia supuestos en los que esté en juego el interés nacional.

Este nivel podrá declararse también cuando la simultaneidad de incendios forestales requiera la incorporación a los mismos de medios extraordinarios.

Nivel 3: referido a aquellos incendios en los que habiéndose considerado que está en juego el interés nacional, así sean declarados por el Ministerio del Interior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-03-2010 en vigor desde 12-03-2010