Articulo 5 Ordenacion del... Carretera

Articulo 5 Ordenacion del Transporte por Carretera

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Artículo 5.- Las Administraciones Públicas competentes en materia de transporte por carretera.

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Las Administraciones Públicas canarias responsables de los transportes por carretera son las siguientes:

a) La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Los Cabildos Insulares.

c) Los Ayuntamientos canarios.

d) Las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de las anteriores administraciones, que se constituyan para la programación, dirección y coordinación de las políticas de integración y gestión de los transportes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-05-2007 en vigor desde 24-06-2007