Articulo 5 Ordenacion del Transporte por Carretera
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»Artículo 5.- Las Administraciones Públicas competentes en materia de transporte por carretera.
Vigente
Las Administraciones Públicas canarias responsables de los transportes por carretera son las siguientes:
a) La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Los Cabildos Insulares.
c) Los Ayuntamientos canarios.
d) Las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de las anteriores administraciones, que se constituyan para la programación, dirección y coordinación de las políticas de integración y gestión de los transportes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-05-2007 en vigor desde 24-06-2007