Articulo 5 Observatorio A...oblacional

Articulo 5 Observatorio Aragonés de Dinamización Demográfica y Poblacional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5. Informes.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La actuación del Observatorio se plasmará en la elaboración de informes periódicos, al menos de carácter bianual, para ayudar a dirigir y adaptar las políticas públicas aragonesas en materia demográfica y de lucha contra la despoblación hacia la atención de las necesidades propias de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-05-2018 en vigor desde 04-05-2018