Articulo 5 Municipal y de régimen local
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»Artículo 5. Fuentes del régimen local.
Vigente
Los entes locales se rigen por la legislación estatal básica, por esta ley, por los reglamentos autonómicos sobre régimen local y por las otras disposiciones autonómicas conexas o complementarias, así como por los reglamentos y las ordenanzas propios de cada uno. El orden de prelación de estas normas es el derivado del sistema de distribución competencial establecido por la Constitución Española y por el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2006 en vigor desde 31-12-2006