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Articulo 5 Modelo 282, Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la U.E. y condiciones y procedimiento para su presentación

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Artículo 5. Formas, habilitación, condiciones generales y procedimiento de presentación del modelo 282.

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1. La presentación del modelo 282, «Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea», se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.

2. La presentación electrónica por Internet del modelo 282 se efectuará de acuerdo con las condiciones y el procedimiento previsto en los artículos 16 y 17 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución de naturaleza tributaria, con excepción de lo previsto en las letras f) y g) del apartado 1 del referido artículo 17.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-2016 en vigor desde 10-03-2016