Articulo 5 Medidas urgentes de carácter económico, cultural y social
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»Artículo 5. Naturaleza jurídica
Vigente
5.1 La prestación regulada en este Decreto ley se configura como una prestación social de carácter económico, extraordinaria y de pago único, que se otorga por el procedimiento de concurrencia no competitiva, hasta que se agote la dotación presupuestaria. La prestación tiene carácter puntual y, por tanto, se hará efectiva con un pago único mediante transferencia bancaria.
5.2 La prestación extraordinaria para suministros básicos a personas profesionales de las artes escénicas, artes visuales, música y audiovisual, y otras actividades culturales suspendidas por razón de la crisis sanitaria en Cataluña atendiendo el objeto y su finalidad, no puede ser objeto de cesión, embargo o retención.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-06-2020 en vigor desde 04-06-2020