Articulo 5 Medidas en materia de selección y provisión de puestos de personal funcionario docente no universitario de la Administración
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»Artículo 5. Provisión temporal de puestos de trabajo.
Vigente
Una vez finalizados los procedimientos selectivos de ingreso para la cobertura de plazas con perfil de lengua extranjera a que se refiere el artículo 3, el Departamento de Educación constituirá relaciones de aspirantes a la contratación temporal para la provisión temporal de estos puestos de trabajo con perfil de lengua extranjera, de conformidad con las normas de gestión de las listas de aspirantes a la contratación temporal.
Estas relaciones de aspirantes tendrán prioridad para la cobertura de plazas con perfil de lengua extranjera.