Articulo 5 Medidas para la inclusión social a través del empleo
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»Artículo 5. Dirección y gestión del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía.
Vigente
1. Corresponde a la Consejería competente en materia de servicios sociales la dirección, coordinación, supervisión, evaluación, control y verificación de la ejecución del presente Programa.
2. La gestión del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía corresponderá a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que así lo soliciten, de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto-ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014