Articulo 5 medidas de la eficiencia energética y garantía de accesibilidad a la energía eléctrica
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»Artículo 5. Promoción del ahorro y la eficiencia energética: instrumentos y medidas
Vigente
El cumplimiento de esta ley en materia de ahorro y eficiencia energética requiere la utilización de una serie de instrumentos técnicos, jurídicos, económico-financieros, de planificación y de información. Por ello, el Gobierno establecerá una serie de instrumentos de promoción del ahorro y la eficiencia energética, entre los que se deberán incluir:
a) Planes de ahorro y eficiencia energética.
b) Incentivos económicos y/o financieros.
c) Incentivos a la I+D+i.
d) Campañas de información y concienciación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2017 en vigor desde 01-01-2018