Articulo 5 Marco para tramitación de ayudas derivadas de las erupciones volcánicas La Palma
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Articulo 5 Marco para tramitación de ayudas derivadas de las erupciones volcánicas La Palma

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Artículo 5. Régimen jurídico.

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Las subvenciones reguladas en el presente Decreto ley se concederán de forma directa a los beneficiarios de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y conforme a los requisitos y procedimientos que se determinen en este Decreto ley, y se regirán por lo dispuesto en esta norma, por la Ley 38/2003, 17 de noviembre, General de Subvenciones en lo que tenga carácter básico, en las disposiciones, convenios u otros instrumentos que se adopten o formalicen en aplicación de este Decreto ley y, con carácter supletorio, por el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-10-2021 en vigor desde 29-10-2021