Articulo 5 Lucha contra e...enunciante

Articulo 5 Lucha contra el fraude y la corrupción y protección de la persona denunciante

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Artículo 5. Principios rectores.

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Las actuaciones previstas en la presente ley se rigen por los siguientes principios:

a) Principios de independencia, integridad, objetividad, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y dedicación al servicio público.

b) Principios de legalidad, reserva de jurisdicción, presunción de inocencia, coordinación, cooperación, eficacia, eficiencia y economía en el cumplimiento de los objetivos y finalidades públicos.

c) Principios de responsabilidad, buena fe del denunciante, transparencia y rendición de cuentas.

d) Principio non bis in idem.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-07-2021 en vigor desde 02-07-2021