Articulo 5 Libro, Lectura y Patrimonio Bibliográfico
Artículo 5. La lectura
1. La Comunidad de Madrid promoverá iniciativas para integrar la lectura como uno de los principales hábitos de los madrileños. Las acciones de fomento, abiertas y participativas, se dirigirán al conjunto de la población y también a sectores específicos, con especial atención a los más desfavorecidos socialmente.
2. La Comunidad de Madrid impulsará la participación de las bibliotecas y los centros educativos en las actuaciones de fomento de la lectura, bien en campañas singulares, bien junto a otros agentes culturales.
3. Las medidas de fomento de la lectura considerarán las nuevas formas de lectura y de creación literaria, los nuevos escenarios tanto lectores como creativos, así como las comunidades virtuales de afinidad lectora y escritora.
4. Los agentes involucrados en el fomento de la lectura impulsarán el establecimiento de los nuevos canales de comunicación con los lectores, en todas las franjas de edad y con especial énfasis en la población infantil y juvenil, y facilitarán las aplicaciones web necesarias para su colaboración y participación.