Articulo 5 Impuesto sobre...-Derogada-

Articulo 5 Impuesto sobre la Renta de No Residentes de Álava -Derogada-

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Artículo 5. Contribuyentes

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Son contribuyentes por este Impuesto:

a) Las personas físicas y entidades no residentes en territorio español, conforme al artículo 6 de esta Norma Foral, que obtengan rentas de las descritas en la presente Norma Foral, salvo que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

b) Las personas físicas que sean residentes en España por alguna de las circunstancias previstas en el apartado 5 del artículo 3 de la Norma Foral 3/2007, de 29 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y obtengan rentas de las descritas en la presente Norma Foral.

c) Las entidades en régimen de atribución de renta a que se refiere el artículo 32 Sexies de esta Norma Foral.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-05-1999 en vigor desde 03-05-1999