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Articulo 5 Garantías en el Acceso a la Vivienda

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Artículo 5. Causas de pérdida de la garantía económica de acceso a la vivienda.

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Las causas de pérdida de la garantía económica de acceso a la vivienda prevista en esta Ley serán, al menos, las siguientes.

a) Cesión, subarriendo o renuncia a la vivienda.

b) Impago de las rentas.

c) Muerte o declaración de fallecimiento de la persona beneficiaria.

d) No dedicar la vivienda de forma exclusiva a residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria.

e) No solicitar la participación en los procedimientos ordinarios de adjudicación de viviendas con protección pública en el área geográfica de demanda, que se definirá reglamentariamente atendiendo a su cercanía, conexión o similitud socioeconómica de sus habitantes, para la que se encuentre inscrita en el Registro de Demandantes de Vivienda con protección pública de Castilla-La Mancha.

f) Desaparición de las circunstancias que justificaron su concesión.

g) Cualesquiera otras que reglamentariamente se determinen.