Articulo 5 Función pública de Extremadura
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»Artículo 5. Órganos superiores de dirección en materia de función pública.
Vigente
Los órganos superiores de dirección en materia de función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura son.
a) El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura
b) El Consejero competente en materia de función pública.
c) El Consejero competente en materia presupuestaria.
d) Los Consejeros, en relación con el personal adscrito a las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 10-04-2016