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Articulo 5 Fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética

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Artículo 5. Obligaciones para el ahorro y eficiencia energética.

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1. La ciudadanía, instituciones y poderes públicos están obligados a usar la energía de forma racional, empleando sistemas eficientes y procurando el máximo ahorro.

2. La Junta de Andalucía aprobará la normativa necesaria dirigida a orientar las pautas de conducta y establecerá mecanismos, entre otros de formación e información, conducentes al cumplimiento de la obligación prevista en el apartado anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-04-2007 en vigor desde 10-07-2007