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Articulo 5 establece el Título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar y enseñanzas mínimas

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Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

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Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación.

a) Recepcionar, almacenar y distribuir el material de peluquería, controlando su consumo y el stock.

b) Atender al cliente en todas las fases del proceso, aplicando procedimientos establecidos.

c) Comprobar el estado del cabello y cuero cabelludo, manejando instrumentos de observación.

d) Preparar y poner a punto el puesto de trabajo e instalaciones, manteniéndolos en condiciones óptimas para su utilización.

e) Realizar cambios de forma permanente en el cabello, siguiendo las especificaciones establecidas.

f) Teñir y decolorar el tallo capilar, seleccionando cosméticos, técnicas y procedimientos.

g) Cambiar la longitud del cabello, seleccionando herramientas, accesorios y útiles según las diferentes técnicas y estilos de corte.

h) Efectuar peinados y recogidos, con o sin prótesis pilosas, personalizándolos y adaptándolos a las necesidades del cliente.

i) Aplicar técnicas de manicura y pedicura para el embellecimiento y cuidados de manos, pies y uñas.

j) Realizar técnicas de barbería y peluquería masculina, identificando las demandas y necesidades del cliente.

k) Informar al cliente sobre los cuidados, cosméticos y hábitos saludables, para asegurar el resultado final de los procesos técnicos de peluquería.

l) Promocionar y vender productos y servicios en el ámbito de una empresa de imagen personal.

m) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en los procesos productivos, actualizando sus conocimientos, utilizando los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación.

n) Actuar con responsabilidad y autonomía en el ámbito de su competencia, organizando y desarrollando el trabajo asignado, cooperando o trabajando en equipo con otros profesionales en el entorno de trabajo.

ñ) Resolver de forma responsable las incidencias relativas a su actividad, identificando las causas que las provocan, dentro del ámbito de su competencia y autonomía.

o) Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

p) Aplicar los protocolos y las medidas preventivas de riesgos laborales y protección ambiental durante el proceso productivo, para evitar daños en las personas y en el entorno laboral y ambiental.

q) Aplicar procedimientos de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todos» en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

r) Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional.

s) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011