Articulo 5 especialidades docentes del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Música y de Danza
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»Artículo 5. Atribución docente del profesorado de enseñanzas profesionales de Música y de Danza.
Vigente
Las administraciones educativas, en su desarrollo curricular, determinarán la atribución docente de las asignaturas específicas a los profesores de las diferentes especialidades docentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-06-2013 en vigor desde 15-06-2013