Articulo 5 Educación de I Balears

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Artículo 5. Estructura de la educación infantil

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1. La ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil se regirá en las Illes Balears por lo dispuesto en la normativa básica del Estado y en esta ley.

2. La educación infantil se estructura como una única etapa educativa, desde el nacimiento hasta los seis años, y comprende dos ciclos de tres años cada uno.

3. El primer ciclo comprende entre los cero y los tres años y el segundo ciclo, entre los tres y los seis años. Se garantizarán la necesaria continuidad curricular y la coherencia educativa entre los dos ciclos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022