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Articulo 5 desarrollo parcial de la Ley 16/1985 -Patrimonio Histórico Español-

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Artículo 5.

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Los miembros del Consejo podrán asistir acompañados de un Asesor con voz y sin voto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-01-1986 en vigor desde 29-01-1986