Articulo 5 Deporte de Canarias -Derogada-
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»Artículo 5. Planificación de la política deportiva.
Vigente
La planificación de la política de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia deportiva y su ejecución, tendrá en cuenta las necesidades y medios de cada isla.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-1997 en vigor desde 18-07-1997