Articulo 5 Creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción
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»Artículo 5. Funciones.
Vigente
1. Son funciones de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra:
a) La función de prevención.
b) La función de investigación.
c) La función de evaluación.
d) La función de protección.
e) La función de regulación y supervisión de la contratación pública.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-05-2018 en vigor desde 23-08-2018