Articulo 5 Creación del C... Andalucía

Articulo 5 Creación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía

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Artículo 5. Relaciones con la Administración autonómica.

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El Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía se relacionará con la Consejería con competencia en materia de régimen jurídico de los colegios profesionales en lo referente a los aspectos institucionales y corporativos, y, en lo relativo a los contenidos propios de la profesión, con la consejería competente en materia de salud.