Articulo 5 Cooperación pa...dad Global

Articulo 5 Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5. Prioridades geográficas y temáticas.

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


1. La política española de cooperación para el desarrollo sostenible planificará y organizará su actuación en el marco de los objetivos y metas globales de desarrollo sostenible. Dentro de ellas, como reflejo de la diversidad de situaciones sobre las que opera, establecerá prioridades geográficas, orientadas a las regiones y países que serán objeto preferente de la cooperación española; y temáticas, dirigidas a determinados ámbitos y sectores de actuación preferente, de acuerdo con los objetivos establecidos en el artículo 4.

2. La definición de estas prioridades geográficas y temáticas, que serán establecidas periódicamente en los sucesivos Planes Directores a que se refiere el artículo 6.3, prestará especial atención a la cooperación con los países menos avanzados, pero también contemplará aquellos países de desarrollo en transición, que, más allá de su clasificación por nivel de renta, siguen enfrentando retos importantes en materia de desigualdad, de reducción de la pobreza y de cooperación avanzada para la transición al desarrollo sostenible. Para ello se tendrán en cuenta indicadores de desarrollo humano, desigualdades y pobreza de carácter multidimensional e interseccional, desde una perspectiva de derechos, con especial atención a las brechas de género; así como aquellos relativos a la dimensión ambiental, a la vulnerabilidad climática y a los referidos a las metas de paz, seguridad y buen gobierno acordadas por Naciones Unidas. En las prioridades temáticas se potenciarán los sectores concretos donde España y los actores del sistema de cooperación para el desarrollo sostenible hayan demostrado un conocimiento, experiencia y valor añadido.

3. Junto a esos criterios de desarrollo, y teniendo presente lo establecido en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en la definición de las prioridades geográficas, se otorgará atención preferente a las áreas que integran la vecindad geográfica y cultural en el norte de África, Oriente Próximo y África subsahariana, en particular a los países de África Occidental y Sahel, y de habla española y portuguesa, así como a los países de América Latina y el Caribe y en el marco iberoamericano.

Así mismo, se construirán alianzas con los países con mayores desigualdades, y con los países de asociación y de cooperación con mayor grado de intereses y valores compartidos en el ámbito del desarrollo sostenible. En coordinación con la Unión Europea, la cooperación española podrá actuar en países y regiones de especial importancia para la acción exterior de la Unión Europea. También podrán atenderse casos especiales de violación de derechos humanos en contextos de fragilidad y situaciones de alto impacto social y ambiental con repercusiones globales. Sin perjuicio de las anteriores prioridades geográficas, podrán llevarse a cabo intervenciones de acción humanitaria en otros contextos geográficos si así lo requieren las necesidades humanitarias.

4. España impulsará la coordinación, la complementariedad y la coherencia, en particular, con relación a la cooperación de la Unión Europea y de sus Estados miembros. Participará de los mecanismos de programación, ejecución seguimiento y evaluación conjuntas, y contribuirá a la progresiva construcción de la política de cooperación para el desarrollo sostenible de la Unión Europea, con especial atención a las prioridades geográficas y temáticas de la cooperación española.