Articulo 5 Convenios de la Comunidad Autónoma
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»Artículo 5.-Principios informadores generales.
Vigente
1. Las relaciones de colaboración y cooperación que la Comunidad Autónoma de Aragón establezca a través de los convenios y acuerdos regulados en esta ley vendrán orientadas por los principios de lealtad institucional, coordinación y ayuda mutua, con el fin de propiciar un mejor servicio a los ciudadanos y una utilización racional de los recursos públicos.
2. La suscripción de convenios y acuerdos no podrá suponer en ningún caso la renuncia de la titularidad de las competencias que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón.