Articulo 5 Convenio relat... de la UE.

Articulo 5 Convenio relativo al procedimiento simplificado de extradición entre los Estados miembros de la U.E.

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Artículo 5. Consentimiento y acuerdo

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1. La persona detenida dará su consentimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 7.

2. La autoridad competente del Estado requerido dará su acuerdo según sus procedimientos nacionales.