Articulo 5 Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad
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Articulo 5 Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad

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Artículo 5. Contratos sujetos a regulación armonizada.

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Son contratos sujetos a regulación armonizada a los efectos de esta Ley:

a) Los contratos de suministro y de servicios a que se refiere el artículo 2, cuyo valor estimado, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o superior a 443.000 euros.

b) Los contratos de obras a que se refiere el artículo 2, cuyo valor estimado, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o superior a 5.538.000 euros.

c) En todo caso, los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado.

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