Articulo 5 Comparecencia ...o y Senado

Articulo 5 Comparecencia ante las Comisiones de Investigación del Congreso y Senado

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Artículo quinto.

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Los gastos que como consecuencia del requerimiento se deriven para los obligados a comparecer, les serán abonados, una vez debidamente justificados, con cargo al presupuesto de la respectiva Cámara.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 24 de mayo de 1984.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-05-1984 en vigor desde 15-06-1984