Articulo 5 Aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola
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»Artículo 5. Registro General de la Producción Agrícola.
Vigente
1. Se crea el Registro General de la Producción Agrícola, en lo sucesivo el REGEPA, en el que se inscribirán las explotaciones agrícolas que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del presente real decreto. Dicho Registro se nutrirá de los datos de los diferentes Registros autonómicos ya creados.
2. El intercambio de información entre los sistemas informáticos de las autoridades competentes se realizará de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre.
Modificaciones
- Modificación realizada (5) por Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
(BOE de 29-12-2022) en vigor desde 01-07-2023 - Artículo modificado por Real Decreto 1378/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
(BOE de 09-11-2018) en vigor desde 01-01-2019