Articulo 49 Turismo, ocio y hospitalidad

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Artículo 49. Acciones de impulso a la calidad del sector turístico

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1. El departamento del Consell con competencias en materia de turismo impulsará, a través del programa Qualitur, una estrategia de actuación global para la mejora de la calidad en la oferta y prestación de los servicios turísticos diseñando y desarrollando actuaciones dirigidas a fomentar una oferta sostenible y accesible así como una óptima, hospitalaria e igualitaria atención a las personas usuarias de servicios turísticos y visitantes, la satisfacción de sus expectativas y su fidelización a través de la mejora continuada de los productos o servicios de que hacen uso.

2. Además de otras medidas de fomento recogidas en esta ley, el Consell podrá desarrollar las siguientes actuaciones dirigidas a mejorar la cultura de la calidad del sector turístico:

a) Impulso del sistema de calidad turística española y colaboración con sus entes de gestión y promoción.

b) Apoyo a la implantación de sistemas de calidad en destinos y en productos.

c) Promoción de actividades de evaluación y obtención por las organizaciones turísticas de certificados de gestión de la calidad, gestión medioambiental, hospitalidad, responsabilidad social y accesibilidad global.

d) Fomento de la implantación de sistemas y controles de calidad en colaboración con los agentes turísticos de la Comunitat Valenciana.

e) Puesta en marcha de planes de calidad dirigidos a las empresas turísticas valencianas que tengan en cuenta la seguridad, habitabilidad, mantenimiento y eficiencia energética de las instalaciones; las condiciones sanitarias, ambientales y alimenticias, o la reducción de la producción de residuos, entre otros aspectos, así como la elaboración de cartas de servicios conforme a criterios de calidad. Asimismo, la administración turística comprobará periódicamente el cumplimiento de los planes de calidad.

f) Promoción de los distintivos de calidad, gestión medioambiental, accesibilidad y buen gobierno.

g) Coordinación con los servicios de inspección turística, promoviendo la corrección de deficiencias en infraestructuras, instalaciones y equipamientos turísticos.

h) Colaboración con las asociaciones de consumidores y usuarios, sindicales, empresariales, y de trabajadores y trabajadoras más representativas para conocer puntos de vista y sugerencias de mejora de calidad en el sector.

i) Fomento de la elaboración, de acuerdo a las diferentes escalas territoriales y administraciones competentes, de planes específicos de sostenibilidad del sector turístico, orientados a garantizar la convivencia, la sostenibilidad ambiental y social así como asegurar las sinergias con el resto del sistema productivo valenciano.

j) En general, cualquier otra acción pública o de apoyo de la iniciativa privada dirigida a promover la prestación de los servicios turísticos de calidad, trasladando a los usuarios y usuarias turísticos una imagen de excelencia vinculada al destino Comunitat Valenciana.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-06-2018 en vigor desde 08-07-2018