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Articulo 49 Transparencia y de Participación

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Artículo 49. Tramitación, plazo y publicación de la reclamación

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La tramitación de la reclamación, su resolución y publicación se ajustarán a lo establecido en la legislación básica del Estado.

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  • Texto Original. Publicado el 22-04-2019 en vigor desde 01-01-2020