Articulo 49 TR. Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General
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»Artículo 49. Principios y limitaciones de la actividad subvencional.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (49 (se deroga)) por LEY 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
(BOPV de 29-12-2023) en vigor desde 30-12-2023 - Artículo modificado por LEY 1/2015, de 26 de marzo, de modificación del DecretoLegislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba eltexto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la HaciendaGeneral del País Vasco.
(BOPV de 01-04-2015) en vigor desde 02-04-2015