Articulo 49 TR Ley de la función pública

Articulo 49 TR. Ley de la función pública

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Artículo 49.- Sistemas de provisión de puestos de trabajo.

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La provisión de los puestos de trabajo de personal funcionario, se realizará a través de los procedimientos de concurso de méritos o de libre designación, mediante convocatorias que se harán públicas, por la autoridad competente para efectuar los nombramientos, en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia". Asimismo, se harán públicas en éste las resoluciones que se deriven de aquellas convocatorias.

Anunciada la convocatoria, se concederá un plazo mínimo de quince días hábiles para la presentación de solicitudes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-04-2001 en vigor desde 12-05-2001