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Articulo 49 Régimen local de C. Valenciana

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Artículo 49. Gobierno y administración.

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El gobierno y administración autónoma de las provincias de la Comunitat Valenciana corresponde a las diputaciones provinciales de Alicante, Castellón y Valencia.

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  • Texto Original. Publicado el 24-06-2010 en vigor desde 14-07-2010