Articulo 49 Presupuestos del Territorio Histórico de Bizkaia
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»Artículo 49. Escala aplicable a la base liquidable general
Vigente
Con efectos desde 1 de enero de 2023, se modifica el apartado 1 del artículo 75 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedará redactado como sigue:
«1. La base liquidable general será gravada a los tipos que se indican en la siguiente escala:
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN EL PDF DEL BOLETIN DE BIZKAIA NÚMERO 248 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2022).