Articulo 49 Presupuestos 2020 Murcia
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Artículo 49. Criterios de reparto de fondos.

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Para el reparto de fondos asignados a los distintos planes de cooperación local, incluido el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal, se tendrán en cuenta criterios de número de habitantes, dispersión territorial y déficit de infraestructuras y equipamientos locales, con el objetivo de corregir desequilibrios intraterritoriales.

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  • Texto Original. Publicado el 25-04-2020 en vigor desde 26-04-2020