Articulo 49 Presupuestos 2019 Navarra

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Artículo 49. Gestión de los créditos destinados a financiar el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

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Entre las partidas presupuestarias destinadas a financiar el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 o aquellas que fuera necesario habilitar para su adecuada ejecución, podrán realizarse movimientos de fondos.

La competencia para autorizar los mencionados movimientos de fondos corresponderá al titular del Departamento donde se encuadren las partidas afectadas. En el caso que corresponda a diferentes departamentos, la competencia será del titular del Departamento de Hacienda y Política Financiera, previa conformidad de los Departamentos implicados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2018 en vigor desde 01-01-2019