Articulo 49 Ordenación y ...n del Agua

Articulo 49 Ordenación y Participación en la Gestión del Agua

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Artículo 49. Principios generales.

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Los gastos de explotación, conservación y mantenimiento de las instalaciones de saneamiento y depuración a que se refiere esta Ley, así como, en su caso, la construcción de dichas instalaciones, serán atendidos con:

  1. Las cantidades que las Administraciones públicas competentes consignen en sus presupuestos con esta finalidad.

  2. Los fondos que pueda aportar la Administración General del Estado a dichas Administraciones.

  3. El producto del canon de saneamiento a que se refiere esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-06-2001 en vigor desde 02-06-2001