Articulo 49 Normas comune...idad Aérea

Articulo 49 Normas comunes en el ámbito de la aviación civil y creación de una Agencia Europea para la Seguridad Aérea

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Artículo 49. Controladores de tránsito aéreo

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1. Se exigirá a los controladores de tránsito aéreo que sean titulares de una licencia de controlador de tránsito aéreo y de un certificado médico de controlador de tránsito aéreo adecuados para el servicio que vayan a prestar.

2. La licencia de controlador de tránsito aéreo al que se refiere el apartado 1 del presente artículo se expedirá previa solicitud, cuando el solicitante haya demostrado que cumple los actos de ejecución a que se refiere el artículo 50 adoptados para garantizar la conformidad con los requisitos esenciales previstos en el artículo 48.

3. El certificado médico de controlador de tránsito aéreo al que se refiere el apartado 1 del presente artículo se expedirá previa solicitud, cuando el controlador de tránsito aéreo haya demostrado que cumple los actos de ejecución a que se refiere el artículo 50 adoptados para garantizar la conformidad con los requisitos esenciales previstos en el artículo 48.

4. En la licencia de controlador de tránsito aéreo y en el certificado médico de controlador de tránsito aéreo a que se refiere el apartado 1 del presente artículo se especificarán las facultades concedidas al controlador de tránsito aéreo. Dicha licencia de controlador de tránsito aéreo y el certificado médico de controlador de tránsito aéreo podrán modificarse para añadir o eliminar facultades, con arreglo a los actos de ejecución a que se refiere el artículo 50, apartado 1, primer párrafo, letra c).

5. La licencia de controlador de tránsito aéreo y el certificado médico de controlador de tránsito aéreo a que se refiere el apartado 1 del presente artículo se podrán limitar, suspender o revocar cuando el titular ya no satisfaga las normas y procedimientos de expedición y mantenimiento de la licencia o del certificado médico, de conformidad con los actos de ejecución a que se refiere el artículo 50, apartado 1, primer párrafo, letra c).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-08-2018 en vigor desde 11-09-2018