Articulo 49 Medidas tributarias y administrativas 2004 Aragón
Artículo 49. Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera en las entidades de Derecho público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se modifica el artículo 81 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, en los siguientes términos:
1. Se añade un nuevo apartado, 3, con la siguiente redacción:
«3. Los puestos de trabajo de personal no directivo que deban ser ocupados por funcionarios públicos en virtud de las funciones que tengan asignadas deberán especificarse en el catálogo, plantilla o relación general de puestos de trabajo de la entidad de Derecho público, y su provisión se efectuará mediante los procedimientos establecidos en la normativa vigente en materia de función pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.»
2. Los apartados 3 y 4 pasan a ser los apartados 4 y 5, respectivamente.
- Texto Original. Publicado el 31-12-2004 en vigor desde 01-01-2005