Articulo 49 Medidas fisca...or público

Articulo 49 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público

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Artículo 49. Efectos del silencio administrativo en determinados procedimientos en materia de personal y de función pública

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A efectos de lo establecido por el artículo 24.1 de la Ley del Estado 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas pueden entender desestimadas sus solicitudes, una vez transcurrido el plazo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, en los siguientes procedimientos iniciados a instancia de las personas interesadas en materia de personal:

a) Reingreso al servicio activo del personal procedente de situaciones administrativas que no comporten reserva de plaza y destino, o de puesto de trabajo.

b) Autorización de permuta de puestos de trabajo.

c) Reconocimiento de grado personal y de servicios prestados.

d) Reconocimiento de la compatibilidad de una segunda actividad pública o privada.

e) Autorización del disfrute del período de vacaciones fuera de los períodos ordinarios.

f) Concesión del permiso por asuntos personales.

g) Concesión de licencias para realizar estudios sobre materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo, para asuntos propios sin ninguna retribución y para realizar cursos de formación.

h) Declaración de las situaciones administrativas de servicios en otras administraciones y de servicios especiales en el caso del personal funcionario, y concesión de excedencia forzosa en el caso del personal laboral.

i) Concesión de excedencias voluntarias, salvo las motivadas por conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

j) Modificaciones de jornada y horario, incluidas las solicitudes relativas a la modalidad de teletrabajo, salvo las motivadas por conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

k) Jubilación voluntaria.

l) Prolongación de la permanencia en el servicio activo.

m) Otorgamiento de dietas, asistencias e indemnizaciones por razón del servicio, incluidos los anticipos, así como cualquier otro procedimiento cuya resolución implique efectos económicos, o que puedan afectar la correcta prestación de los servicios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022