Articulo 49 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público
Artículo 49. MODIFICACIÓN DEL TÍTULO X DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Se modifica el artículo 10.1-4 capítulo I del título X del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, que queda redactado del siguiente modo.
«Artículo 10.1-4. Cuota
Las cuotas de las tasas son:
1. Fundaciones
Inscripción de fundaciones: 90 euros.
Modificación de estatutos: 90 euros.
Modificación del patronato: 50 euros.
Delegación de facultades: 50 euros.
Inscripción de fondos especiales: 50 euros.
Modificación de fondos especiales: 50 euros.
Fusión, escisión y extinción: 150 euros.
Inscripción de las delegaciones de fundaciones que actúan en Cataluña reguladas por leyes de fundaciones otras que el libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril: 75 euros.
Autorización de actos de contenido económico: 100 euros.
Entrega de fotocopias de las cuentas anuales: 15 euros por ejercicio.
Revisión de cuentas anuales: 100 euros.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros.
Emisión de listados: 10 euros.
Declaración responsable: 75 euros.
2. Asociaciones y federaciones
Inscripción de asociaciones o federaciones: 55 euros.
Instrucción del expediente de declaración de utilidad pública: 90 euros.
Modificación de estatutos: 30 euros.
Modificación de la junta directiva: 20 euros.
Entrega de fotocopias de las cuentas anuales: 15 euros por ejercicio.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros.
Revisión de cuentas de las asociaciones declaradas de utilidad pública: 100 euros.
Emisión de listados: 10 euros.
Inscripción de delegación de asociación extranjera: 50 euros.
Transformación de una asociación en fundación: 100 euros.
3. Colegios profesionales y consejos de colegios
Inscripción de órganos de gobierno: 20 euros.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros.
Emisión de listados: 10 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios de nueva creación: 180 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación global de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios: 180 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación parcial de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios: 130 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 180 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación global de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 180 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación parcial de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 130 euros.
Delegación de funciones y apoderamientos: 50 euros.
Apertura y cierre de delegaciones territoriales: 90 euros.
Fusión y escisión: 130 euros.
Disolución: 130 euros.
4. Academias
Inscripción de órganos de gobierno: 20 euros.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros.
Emisión de listados: 10 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de los estatutos y sus modificaciones: 130 euros.
5. Mediación en el ámbito del derecho privado
Homologación de cursos de mediadores: 90 euros.
Renovación de la homologación: 50 euros.»
- Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014