Articulo 49 Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales
Articulo 49 Garantía de D...es Vitales

Articulo 49 Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 49. Proyectos de inclusión social y laboral.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se trata de actividades organizadas dirigidas a la promoción personal, social y laboral de un grupo de personas que se encuentran en situación o riesgo de exclusión, y que podrán ser promovidas por las Administraciones autonómica o local.

2. Los proyectos podrán incluir o coordinar actuaciones de acompañamiento social, desarrollo de habilidades sociales y personales, desarrollo comunitario, formación ocupacional, acceso al empleo y cualesquiera otras que favorezcan la inserción sociolaboral o la prevención de la exclusión de las personas que participen en él.

3. Las personas destinatarias del salario social básico tendrán preferencia en la participación en estos proyectos.

4. La Consejería competente en la materia, de oficio o a solicitud de cualquier entidad pública o privada, podrá declarar de especial interés aquellos proyectos de inclusión social dirigidos a facilitar la incorporación laboral de las personas beneficiarias del salario social básico o del ingreso mínimo vital que residan en el Principado de Asturias, previo informe técnico del Servicio de Empleo del Principado de Asturias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-07-2021 en vigor desde 12-07-2022