Articulo 49 Educación de La Mancha
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Artículo 49. Áreas.

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1. El currículo se desarrollará a través de las diferentes áreas desde una perspectiva globalizadora e interdisciplinar, y tendrá como ejes organizadores el conocimiento del mundo que rodea al alumnado y el conocimiento de sí mismo, con especial referencia a lo que concierne a Castilla-La Mancha, el desarrollo de procedimientos generales y estrategias de aprendizaje y la educación en valores.

2. La perspectiva globalizadora, el aprendizaje de la lectoescritura y el cálculo son especialmente relevantes en el primer ciclo de la educación primaria.

3. La Consejería competente en materia de educación impulsará la introducción de una segunda lengua extranjera, y facilitará la puesta en marcha de secciones bilingües y el intercambio con centros docentes en el extranjero.

4. Para fomentar la adquisición de la competencia lingüística, el hábito de la lectura y la expresión escrita se incorporarán al currículo actividades específicas en cada uno de los cursos y en cada una de las áreas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-07-2010 en vigor desde 17-08-2010